Que consideramos obra menor? La contestación a esta pregunta es, depende del ayuntamiento, pero en general se considera Obra Menor la reforma que no afecta a los elementos estructurales de la edificación.
Según el ayuntamiento, bien se requiere una simple memoria descriptiva de la obra, presupuesto y plano de distribución que puede redactar el titular, aunque se aconseja la redacción por parte de un técnico competente. O por el contrario hay ayuntamientos que requiren una memoria, planos y presupuesto firmado por técnico y visado por el colegio correspondiente.
Podemos prepararle toda la documentación que necesite.
Manolo Graullera: 687 717 296
Carlos Hernández: 658 821 056
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